Violaba a su hijastra,menor de edad.
Morelia, Michoacán.-La FiscalĂa General del Estado de Michoacán (FGE), logrĂł sentencia de 15 años de prisiĂłn contra una persona del sexo masculino, luego de acreditar su plena responsabilidad en los delitos de violaciĂłn agravada, violaciĂłn equiparada agravada y abuso sexual, ilĂcitos cometidos en agravio de su hijastra.
En la audiencia de procedimiento abreviado, el Juez de Control resolvió sentenciar a 15 años de prisión a René M., quien, de acuerdo a los datos de prueba que constan en la Carpeta de Investigación, desde febrero de 2017 hasta octubre del año en curso, atacó sexualmente a la menor.
Durante las investigaciones, se logrĂł establecer que, en varias ocasiones, RenĂ© M., aprovechĂł que la vĂctima se encontraba dormida para agredirla sexualmente; tras perpetrar los hechos, amenazĂł a la vĂctima para que no contara a su madre lo sucedido.
Lo anterior fue denunciado ante la FiscalĂa Especializada para la AtenciĂłn de Delitos de Violencia Familiar y de GĂ©nero, la que, a travĂ©s de la Unidad de AtenciĂłn a Delitos Sexuales, integrĂł la Carpeta de InvestigaciĂłn y llevĂł a cabo las actuaciones respectivas que derivaron en la detenciĂłn de RenĂ© M.
Una vez satisfechos los requisitos establecidos en el Código Nacional de Procedimientos Penales, el Ministerio Público solicitó apertura del procedimiento abreviado, mediante el cual, el Juez impuso una sanción de 15 años de prisión, además del pago por concepto de reparación del daño.
El procedimiento abreviado, es una forma de terminación anticipada del proceso, que consiste en el reconocimiento del imputado, en su participación en el hecho delictivo y como consecuencia, se valora la pertenencia de reducir en margen acotado la sanción que se le impondrá.
En la audiencia de procedimiento abreviado, el Juez de Control resolvió sentenciar a 15 años de prisión a René M., quien, de acuerdo a los datos de prueba que constan en la Carpeta de Investigación, desde febrero de 2017 hasta octubre del año en curso, atacó sexualmente a la menor.
Durante las investigaciones, se logrĂł establecer que, en varias ocasiones, RenĂ© M., aprovechĂł que la vĂctima se encontraba dormida para agredirla sexualmente; tras perpetrar los hechos, amenazĂł a la vĂctima para que no contara a su madre lo sucedido.
Lo anterior fue denunciado ante la FiscalĂa Especializada para la AtenciĂłn de Delitos de Violencia Familiar y de GĂ©nero, la que, a travĂ©s de la Unidad de AtenciĂłn a Delitos Sexuales, integrĂł la Carpeta de InvestigaciĂłn y llevĂł a cabo las actuaciones respectivas que derivaron en la detenciĂłn de RenĂ© M.
Una vez satisfechos los requisitos establecidos en el Código Nacional de Procedimientos Penales, el Ministerio Público solicitó apertura del procedimiento abreviado, mediante el cual, el Juez impuso una sanción de 15 años de prisión, además del pago por concepto de reparación del daño.
El procedimiento abreviado, es una forma de terminación anticipada del proceso, que consiste en el reconocimiento del imputado, en su participación en el hecho delictivo y como consecuencia, se valora la pertenencia de reducir en margen acotado la sanción que se le impondrá.
No hay comentarios