Demandan que se vacune contra la enfermedad Covid a menores de edad .
En Michoacán se aplican inmunizaciones al grupo etario de 14 a 18; pero no asà en otras entidades.
Morelia, Michoacán.-Las y los integrantes de la DirecciĂłn Estatal Ejecutiva (DEE) del Partido de la RevoluciĂłn Democrática (PRD), coincidieron en señalar que es oportuno el acuerdo que presentĂł la Diputada Local, RocĂo Beamonte Romero, presidenta de la ComisiĂłn de Salud y Asistencia Social para solicitar al gobierno federal que autorice la vacunaciĂłn contra COVID en menores de edad.
Octavio Ocampo CĂłrdova, Presidente del PRD, dijo que este instituto polĂtico ha velado y ha exigido que se garantice el derecho a la salud en la infancia, incluso, se presentĂł una queja en la ComisiĂłn Estatal de los Derechos Humanos (CEDH), para que el gobierno federal atendiera el tema de la vacunaciĂłn contra el COVID en menores de edad, porque Ăşnicamente se aplicaba a quienes presentan un padecimiento o mediante amparo.
Ocampo resaltĂł que hoy, a travĂ©s de la Diputada RocĂo Beamonte Romero, el Congreso Local está escuchando la voz de la ciudadanĂa, está atendiendo las causas de nuestra gente.
“De nuestra parte como partido polĂtico, habrá un trabajo coordinado con nuestras diputadas y diputados, con el objetivo de brindar resultados a las y los michoacanos”, expresĂł Ocampo.
En propuesta de Acuerdo, que fue avalada en el Congreso Local, se solicita respetuosamente al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos materialice el interĂ©s superior de la niñez consagrado en el párrafo noveno del artĂculo 4° de nuestra Carta Magna, y comience la inmediata aplicaciĂłn de vacunas PFIZER BioN-Tech en niñas y niños, a partir de los 5 años de edad, contra el virus Sars-Cov-2 conforme a las dosis reconocidas por la OrganizaciĂłn Mundial de la Salud para evitar los sĂntomas, secuelas y graves complicaciones que se pueden presentar a corto, mediano y largo plazo.
Lo anterior, en cumplimiento al derecho de prioridad establecido en el artĂculo 17 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, mismo que se extiende a la asignaciĂłn prioritaria de recursos conforme al párrafo segundo del artĂculo 14 de dicha normatividad general, en congruencia con sus artĂculos 14 y 50 que nos obligan a proteger su vida,salud y supervivencia
Explica que en nuestro paĂs sĂłlo se inmuniza a las y los adolescentes a partir de los 15 años, o a partir de 12 años cuando tienen comorbilidades. Existen excepciones como Coahuila, Nuevo LeĂłn y Tamaulipas que ya han iniciado la vacunaciĂłn para niñas y niños de 5 a 12 años, a travĂ©s de un programa transfronterizo, donde los gobiernos estatales proveen de transporte y el gobierno de Estados Unidos y la iniciativa privada han donado vacunas; otra excepciĂłn han sido los amparos.
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