Podemos cuestionar a la autoridad: TJAM

 




Lázaro Cárdenas, Michoacán. La justicia administrativa es un elemento fundamental para salvaguardar la esfera jurĂ­dica de las y los ciudadanos, frente a los actos de la autoridad que los gobierna. Es una vĂ­a posible para “demandar los actos del poder pĂşblico al que tradicionalmente no cuestionamos”, expuso el magistrado J. JesĂşs Sierra Arias.



Lo anterior, durante la conferencia: “El acto administrativo y su cuestionamiento ante el Tribunal de Justicia Administrativa”, que ofreciĂł a las y los alumnos de la Facultad de Derecho de la Unidad Profesional de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH) en Lázaro Cárdenas, Michoacán.


AhĂ­, el magistrado presidente del Tribunal de Justicia Administrativa en el estado (TJAM), planteĂł al alumnado nicolaita en el Puerto que, esta rama del derecho ofrece “un gran campo laboral para las nuevas generaciones de abogados, porque aborda los actos administrativos” del poder pĂşblico y Ă©stos son tan numerosos como variados.
Acompañado por el magistrado Sergio Mecino Morales, titular de la Quinta Sala Especializada en Materia AnticorrupciĂłn y Responsabilidades Administrativas del TJAM, el magistrado Sierra Arias refiriĂł a su auditorio los principios generales del derecho y la justicia administrativa, y su relevancia para hacer valer los derechos de los particulares. 
Antes, explicĂł que, el llamado “acto administrativo” existe en un contexto más amplio: el del Estado nacional, que “funciona con base en un sistema de competencias: la Ejecutiva, la Legislativa y la Jurisdiccional; es decir, a travĂ©s de la divisiĂłn de Poderes, pilar de la organizaciĂłn Estatal, cuya acciĂłn se da por distintas vĂ­as:
“Por un acto administrativo en el primer caso; por ley o decreto, en el segundo y, vĂ­a sentencias en el caso del Poder Judicial”.
Para Tribunales como el TJAM, la competencia se centra (aunque no se limita) en el acto administrativo del Poder Ejecutivo, “que tiene muy diversas formas de presentarse ante los ciudadanos: desde un semáforo que regula el tránsito, un permiso para vender alimentos, o una licencia para conducir; todos son actos del Estado y son muy distintos sus formatos, porque asĂ­ tambiĂ©n son los procedimientos estatales para llevarlos a cabo”.



Ahora bien, lo importante del acto administrativo es que crea, modifica o extingue derechos y obligaciones del ciudadano, al menos en buena parte de los casos.
“Hablamos de la esfera jurĂ­dica del ciudadano, que se amplĂ­a o se contrae a lo largo de su vida. Pero la cuestiĂłn está en que, para que el Estado, vĂ­a una autoridad, disminuya esa esfera, requiere de un procedimiento previsto en el artĂ­culo 16 de la ConstituciĂłn (“Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento”), pues de lo contrario violenta derechos”.



Y cuando esto ocurre, cuando una autoridad vulnera derechos vía un acto administrativo, es que el ciudadano puede impugnarlo a través de un juicio de nulidad ante el Tribunal de Justicia Administrativa, precisamente para salvaguardar su esfera jurídica, indicó el presidente del TJAM.




“AsĂ­ –añadiĂł– las sentencias de un Tribunal de esta naturaleza puede favorecer a la persona en la defensa de sus derechos; pero tambiĂ©n, a la colectividad, ya que sus resoluciones tienen como efecto reconducir la actividad de la administraciĂłn pĂşblica hacia el cumplimiento normativo”, so pena de violentar la ley.
Entonces, hablamos “de una forma de demandar a una autoridad que tradicionalmente no estábamos acostumbrados a cuestionar y, tambiĂ©n,  de una forma de contribuir con la cultura de la legalidad” en nuestro paĂ­s, concluyĂł el magistrado.
Esta conferencia, realizada a invitación de la División de Derecho de la Unidad nicolaita en Lázaro Cárdenas, forma parte de los esfuerzos permanentes del TJAM por divulgar la justicia administrativa en nuestra entidad.




Vamos por el cumplimiento de nuestras sentencias: TJAM





Morelia, Michoacán. Un total de once asuntos jurisdiccionales de distinta índole fueron resueltos hoy, en forma unánime por el Pleno del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán (TJAM) con el factor común de que, tales resoluciones tendieron al cumplimiento de las sentencias emitidas por este órgano.



La sesión de hoy, de carácter ordinario y presidida por el magistrado J. Jesús Sierra Arias, contempló el análisis, la discusión y posterior resolución sobre nueve quejas, en parte de las cuales se resolvió requerir el cumplimiento definitivo de las sentencias correspondientes a las autoridades involucradas o, caso contrario, hacer efectivos medios de apercibimiento a las mismas, con igual fin.







Cuando las quejas resultaron improcedentes o infundadas, se ordenaron medidas como  levantar la suspensiĂłn del procedimiento de ejecuciĂłn  en el juicio administrativo correspondiente; o bien, en otros casos, la magistrada y magistrados del Pleno ordenaron devolver los autos al juzgado administrativo en cuestiĂłn, para la continuaciĂłn de los requerimientos del Tribunal hacia la autoridad o autoridades demandadas.
TambiĂ©n derivado de una resoluciĂłn sobre una queja, el Pleno incluso ordenĂł este dĂ­a  dar vista al Ministerio PĂşblico y a un Ă“rgano Interno de Control, para que una autoridad demandada cumpliese una sentencia del TJAM, a la que habĂ­a sido  omisa.





Otros asuntos resueltos, también por unanimidad, fueron una Excitativa de justicia y un Juicio de Apelación, este último declarado improcedente, por lo que se confirmó una sentencia definitiva de 2021.
Todos estos trabajos ordinarios del Pleno confirman el objetivo del Tribunal, planteado por su magistrado presidente meses atrás, sobre el fortalecimiento de los procedimientos para el cumplimiento de sus sentencias lo cual es, “finalmente, la parte más importante de nuestra labor jurisdiccional”, expuso el magistrado Sierra Arias. 




Por otra parte, en esta sesiĂłn el Pleno tambiĂ©n conociĂł el resultado de las revisiones hechas por la CoordinaciĂłn de la VisitadurĂ­a  al Juzgado Regional de Uruapan y la sede regional de la DefensorĂ­a JurĂ­dica en Zamora; y, entre otros asuntos, algunos requerimientos de la SecretarĂ­a Administrativa, asĂ­ como de la CoordinaciĂłn de Recursos Humanos de este Ăłrgano de justicia de Michoacán.


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